De las cláusulas y condiciones transcritas anteriormente, se desprende que el objeto de la transacción se ajusta a las previsiones del Código Civil y que se encuentran debidamente autorizados para suscribir dicha transacción, tanto el ciudadano Boanerges José Martínez Fernández, titular de la Cedula de Identidad Nº 14.488.048, en su condición de representante legal de la Sociedad Mercantil Inversiones y Suministros Construpers, C.A, como la abogada Liliana Soto, Inpreabogado Nº 81.094, en su condición de apoderada judicial de la Fundación Misión Hábitat. Así, cumplidos como fueron los extremos de Ley, este Juzgado HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN celebrada entre las partes, en tal razón se da por concluido el juicio y se ordena el archivo del expediente, y así se decide.