este Tribunal Penal en función de Sexto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JUNIOR ENRIQUE OVALLES NIEVES, quien es de nacionalidad VENEZOLANA, natural de MIRANDA, ESTADO MIRANDA, nacido en fecha 10-11-1997, de 20 años de edad, de estado civil SOLTERA, de profesión u oficio OBRERO, titular de la cédula de Identidad Nº V-30.091.109, y residenciado en BARRIO JUAN MORENO II, SEGUNDO CALLEJON, CASA N° 29, EL CONSEJO, LA VICTORIA, LA VICTORIA, ESTADO ARAGUA, a cumplir la pena de CINCO AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de EXTORSION EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el Artículo 16 en relación con el Articulo 11 ambos de la ley contra el Secuestro y la Extorsión Vigentes para la fecha en que ocurrieron los hechos, pe.....