Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda que por Desalojo intentara el ciudadano EFRAÍN ANTONIO MIRANDA CHIRIVELLA, contra la ciudadana MARIANA CHACÓN. En consecuencia, se condena a la parte demandada, en lo siguiente: PRIMERO: En el Desalojo del inmueble arrendado, constituido por una casa unifamiliar distinguida con el No. 34, ubicada en la calle el Caro de B/Campo Alegre de la ciudad de Maracay, Estado Aragua. SEGUNDO: En pagar a la parte actora las costas y costos procesales a tenor de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese. Déjese copia en el archivo del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, .....