Declara: PRIMERO: Por unanimidad la ABSOLUCIÓN del acusado JESÚS ALEXIS SANABRIA GUZMÁN, venezolano, natural de esta ciudad de Maturín del estado Monagas, donde nació en fecha 16/10/1984, hijo de Alexis Sarabia (v) y Maritza Guzmán (v), de profesión u oficio albañil, titular de la cédula de Identidad Nº V- 17.404.370, de estado civil Soltero y domiciliado en Los Guaritos I, Vereda 20, casa Nº 8, frente a la escuela Turmero, detrás del bloque 16 de esta misma ciudad de Maturín, de la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con lo dispuesto el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos: NAYRELIS MOYA, YUREY DEL VALLE AGREDA, JUAN AMAIZ, FRANCISCO JAVIER AMAIZ CONTRERAS Y ANTONIO PEREIRA, respectivamente. SEGUNDO: Ordena la LIBERTAD PLENA del acusado, de conformidad con lo dispuesto en el Segundo Aparte del artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, y por consiguiente, se deja sin efecto la medida de.....