En horas de despacho del día de hoy, Miércoles primero (01) de Octubre del 2.008, siendo las Dos de la Tarde (2:00 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la PROLONGACION DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente Asunto, se hizo el anuncio de Ley a las puertas del tribunal y se declaro La incomparecencia de la parte demandada, la cual no asistio ni por si ni por medio de apoderado Judicial alguno, compareciendo la parte actora Ciudadano CARLOS DANIEL BARCENAS y su Apoderada Abogada JUANA ESCOBAR MARTINEZ ut supra identificados, por lo que de conformidad con el criterio de obligatorio cumplimiento establecido por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en Sentencia del 15 de Octubre del año 2004, caso Coca-Cola Femsa de Venezuela vs Ali Pinto Gil, ponencia del Magistrado Alfonso
Valbuena, declarada como ha sido la incomparecencia de la parte demandada se acuerda remitir el presente asunto a los tribunales de Primera Instancia de Juicio, para su distrib.....