Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
1.- Declara CON LUGAR el recurso de nulidad interpuesto conjuntamente con solicitud de suspensión de efectos por la abogada Zoraida Díaz Martínez, actuando como apoderada judicial de la C.A. HIDROLÓGICA DE LA REGIÓN CAPITAL (HIDROCAPITAL, C.A.), contra la Providencia Administrativa N° 720-08 dictada en fecha 24 de octubre de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital Municipio Libertador, mediante la cual declaró con lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano Armando Guerra Marcano, contra la mencionada compañía anónima, la cual se encuentra contenida en el expediente administrativo N° 023-08-01-00823, de la nomenclatura llevada por esa Inspectoría.
2.- Declara la NULIDAD d.....