Por los argumentos antes expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la pretensión de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA incoada por la ciudadana MARIA ANGELA NAVARRO contra la Sucesión del de-cujus JUAN FRANCISCO ZAPATA, por no reunir los requisitos establecidos en el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, al primer (01) días del mes de noviembre de 2016. Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
CAROLINA GARCÍA CEDEÑO.-
CARLOS .....