Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: INCOMPETENTE para conocer de la solicitud de Amparo Constitucional presentado por las abogados en ejercicio LUISABELL CONDE PINTO, ROSAGEL MARNELIG SCOTT RIVERO y ELY BETZABETH VILORIA GOMEZ, inscrita en el inpreabogado bajo los Nros 106.113, 122947 y 122.992 respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del INSTITUTO REGIONAL DEL DEPORTE DEL ESTADO ARAGUA (IRDA), contra la Normativa dictada por el Ministerio para el Poder Popular para el Deporte denominada Carta Fundamental de los XVIII Juegos Deportivos Nacionales 2011, y contra el acto administrativo emitido por la Comisión de Fichaje y Pases de los XVIII Juegos Deportivos Nacionales 2011, signada con la nomenclatura CCSFP/003-2011 de fecha.....