DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia Estadal en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Octavo de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: En virtud que el imputado PEROZA AGUIRRE MIGUEL ANGEL titular de la cedula de la cedula de identidad Nº V-26.095.321,han cumplido con la labor comunitaria ante este Tribunal se decreta la Extinción de la Acción Penal, de conformidad con los artículos 46 y 49.7 del Código Orgánico Procesal Penal, decretándose en consecuencia el SOBRESIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en el articulo 300.3 ejusdem, a favor de los ciudadanos PEROZA AGUIRRE MIGUEL ÁNGEL de nacionalidad Venezolana, natural de: TUREN ESTADO PORTUGUESA, nacido en fecha: 24-04-1996, de 19 años de edad, estado civil soltero, de profe.....