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Decisiones del dia 02/02/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Tercero de Transición en lo Civil y Contencioso Administrativo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 19.780 N° Sentencia : 002-2006 Fecha: 02/02/2006
Procedimiento:
Carrera Administrativa
Partes:
YADIRA NAZARETH AYALA VS INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS)
Resumen:
se observa, en cuanto a la solicitud de incluir en los cálculos la Prima de Transporte, que este prima constituye una ayuda económica al trabajador para su traslado efectivo al lugar de trabajo, no habiéndose dado tal traslado por parte de la actora al lugar de trabajo para la efectiva prestación del servicio durante este período, así mismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 506 del Código de Procedimiento Civil, que preceptúa la carga de la prueba a la parte que afirma un hecho, y visto que la parte actora en el caso bajo análisis, no consignó documentación alguna que demostrara que dicho beneficio era percibido independientemente de la prestación efectiva del servicio, mal puede este Juzgado reconocer la cancelación de éste beneficio como integrante de la indemnización acordada.
Juez/Ponente:
Edwin Romero
Organo:
Juzgado Superior Tercero de Transición en lo Civil y Contencioso Administrativo
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N° Expediente : 19.780 N° Sentencia : 002-2006 Fecha: 02/02/2006
Procedimiento:
Carrera Administrativa
Partes:
YADIRA NAZARETH AYALA DE JIMENEZ VS INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES
Resumen:
en lo referido a la Prima por Alimentación y Cesta Ticket, el primero establecido en la Cláusula número 75 de la Convención Colectiva mencionada ut supra, tiene como condición lo establecido expresamente en el Parágrafo Único " ...se entenderá que tiene derecho a este beneficio: los trabajadores de los hospitales, asistenciales o administrativos que se encuentran trabajando durante las horas de comida..." (subrayado de este Tribunal), horas estas establecidas en la misma cláusula a las 7:00 a.m., 12:00a.m y 6:00 p.m. En consecuencia, al no haberse prestado efectivamente el servicio durante el período mencionado, no resulta aplicable en el presente caso el pago de dicho concepto. Referido a lo segundo, es decir, la inclusión dentro de la indemnización acordada del cesta ticket, según lo establecido en la Circular N° 1 de fecha 13 de enero de 2000, consignada por la parte actora que riela en el folio N° 264 "El Ticket Alimentación", sólo será concedido por los días que efectivamente e.....
Juez/Ponente:
Edwin Romero
Organo:
Juzgado Superior Tercero de Transición en lo Civil y Contencioso Administrativo
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