En base a las anteriores observaciones, ESTA SALA Nº 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 10/07/2009, por los profesionales del derecho MILTON MOSQUERA MENDOZA y FRANCIS MOSQUERA MENDOZA, en su carácter de defensores del acusado JESUS ORLANDO PADUANI MORILLO y consecuencialmente ANULA la decisión proferida por el Juez Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 8 de Junio de 2009, mediante la cual condenó al mencionado ciudadano a cumplir la pena de quince (15) años de presidio, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal vigente para la fecha de los hechos, ordenándose la celebración del juicio oral y público ante un Juez de Juicio de este mismo Circuito Judic.....