El Tribunal Ejecutor de Medidas, oídas las anteriores exposiciones acuerda de conformidad y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley se abstiene de practicar la medida de Embargo Preventivo decretada por el Tribunal de la Causa y acuerda devolver la presente comisión original con sus resultas, una vez que sean expedidas las Copias Certificadas para su respectivo archivo.