esta Sala 7 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA INADMISIBLE por irrecurrible el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana GLORIA OTERO C., abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 83.527, actuando en su carácter de defensora de la ciudadana XIOMARA CAROLINA AROCENA NUÑEZ y la menor STEFANY CAROLINA MACHADO, contra la omisión de notificación del Fiscal Quinto (5) del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, del archivo fiscal decretado el día 20 de Julio de 2009, en el proceso seguido a los ciudadanos CARLOS NATIVIDAD FERNANDEZ, ANTONIO JOSE SOUSA SETIM, JOSÉ MARIO DA SILVA y ADAO DE FARIA PEREIRA, debiendo la víctima conforme a las facultades que le otorga la .....