III
PARTE DISPOSITIVA
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la acción de COBRO DE BOLIVARES intentada por: BANCO DE VENEZUELA S.A., BANCO UNIVERSAL, en contra de ROSA MARIA CHACÓN RONDON.- En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: A pagar a la actora la cantidad de TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CUATRO BOLIVARES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.F 36.704,42), que comprende: El capital adeudado al 27 de marzo de 2008, que asciende a la suma de Bs.31.240,76; los intereses moratorios causados y adeudados sobre el capital calculados 28% anual más 3% anual adicional, que asciende a la suma de Bs.5.463,66; la suma de Bs.5.005,46, calculados a la tasa 28% anual calculados desde el 03-09-2007 al 27-03-08 y, la suma de Bs.458,20, cal.....