DISPOSITIVO
En virtud de los criterios jurisprudenciales y razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos: LEOBARDO JOSE DIAZ MARTINEZ y MARIA EUGENIA SANCHEZ AGRAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedula de identidad Nº V-11.938.649 y V-16.765.267, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que los unía, el cual fue contraído en fecha 27 de Diciembre de 2004 contrajeron matrimonio ante la Parroquia Francisco de Miranda del Registro Civil del Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua; Acta Nº 109, Año 2004.
Procédase la EJECUCIÓN de la presente Sentencia, a los efectos de.....