DECLARA:.
PRIMERO. PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación ejercida, contra la sentencia dictada por el Juzgado primero de Primera Instancia Civil y Mercantil de esta Circunscripción Judicial, en fecha 22 de febrero del año 2000, que declaró con lugar la demanda de nulidad de venta.
SEGUNDO: REVOCA la antes mencionada sentencia.
TERCERO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de nulidad de venta intentada por los ciudadanos YOEL, MAIGULAIDA, NORELIS, GOLFRA Y RAFAEL MENESE VIVENES, identificado y la ciudadana DEYANIRA MENESES MENESES, igualmente identificada, en contra de IGNACIO MENESES NESSI y Sociedad Mercantil Servicios Industriales Meneses, C.A., igualmente identificados.
CUARTO: DECLARA LA NULIDAD de las ventas, efectuadas por el ciudadano IGNACIO MENESES NESSI, actuando como apoderado del ciudadano JOSE MENESES a la Sociedad Mercantil Servicios Industriales Meneses, C.A., efectuadas mediante documentos registrados en la Subalterna de Registro Público del Municipio Eze.....