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Decisiones del dia 02/03/2015

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo.
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 9583 N° Sentencia : 18-2015 Fecha: 02/03/2015
Procedimiento:
Querella
Partes:
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA (UBV) VS. MARÍA AZCOAGA ELIZONDO
Resumen:
DECISIÓN Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: IMPROCEDENTE la oposición formulada las abogadas SARA COROMOTO PUENTES de CRISTIANI y LUQUE MARI JOSÉ COROMOTO AZCOAGA ELIZONDO, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 44.134 y 16.682, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la ciudadana MARÍA AZCOAGA ELIZONDO, parte actora, en contra de las pruebas documentales promovidas por la parte actora, conforme a la motiva de la presente providencia. Segundo: SE DESESTIMA la promoción de las pruebas contenidas en el Capítulo I, conforme a la motiva de la presente providencia. Tercero: SE ADMITE la prueba de testigos contenida en el Capítulo II, conforme a la motiva de la presente providencia.
Juez/Ponente:
Hector Salcedo
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo.
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N° Expediente : 9583 N° Sentencia : 17-2015 Fecha: 02/03/2015
Procedimiento:
Querella
Partes:
MARÍA AZCOAGA ELIZONDO VS. UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Resumen:
DECISIÓN Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Primero: IMPROCEDENTE la oposición formulada por los abogados YONNY PÉREZ BARAHONA y ROMY JURADO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 74.544 y 159.210, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la Universidad Bolivariana de Venezuela, parte querellada, en contra de las pruebas documentales marcadas con las letras "A", "B", "D", "E", "F", "G", "H", "K", "L", "V", "Z", "AA", "AC", "AD", "BC", "BD", "BE", "BF", "BG", "BH", "BI", y "BJ", promovidas por la parte actora, conforme a la motiva de la presente providencia. Segundo: SE ADMITEN las pruebas documentales contenidas en el escrito de promoción de pruebas presentado por la parte actora, conforme a la motiva de la presente providencia.
Juez/Ponente:
Hector Salcedo
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo.
arriba

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