Este Tribunal Primero de Ejecución Sección de Adolescentes, del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA SE REVISA Y MANTIENE LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA, impuesta al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, impuesta por el lapso de UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y NUEVE (09) DÍAS conforme al artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 406 NUMERAL 1° del Código Penal Vigente. Se determina que ha cumplido NUEVE (09) MESES Y DIECIOCHO (18) DIAS, faltándole por cumplir OCHO (08) MESES Y ONCE (11) DIAS. En consecuencia se revisa y mantiene la medida a los fines de que el joven continué recibiendo las orientaciones necesarias para una mejor convivencia familiar y social. Fijándose como nueva fecha para la Revisión de la Medida el LUNES 28 DE AGOSTO DE 2017......