Por las consideraciones precedentemente expuestas este JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO incoada por el ciudadano LUIS ARTURO CORREA, mediante sus apoderados judiciales abogados ARACELIS BARRIOS, ANA JAQUELINE VASQUEZ, JULIO BERMUDEZ y ARMANDO ALVARADO en contra de la Sociedad Mercantil FORJA VENEZOLANA C.A. Así se Decide. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión. Así se decide