Por las razones de hechos y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: SE REPONE LA CAUSA al estado que el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas se pronuncie sobre la apelación interpuesta por las apoderadas judiciales de la parte demandada abogadas Mónica Burbano y Jayluz Rodríguez, contra la sentencia dictada en fecha 13 de abril de 2009. Ordenándose la remisión del expediente al Juzgado de origen.