DISPOSITIVA
En virtud de las observaciones realizadas de cumplimiento de la sanción impuesta, este Tribunal Primero de Primera instancia en Función de Ejecución de la Sección de Adolescentes, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA CESACIÓN DE LA MEDIDA de REGLAS DE CONDUCTA POR EL CUMPLIMIENTO TOTAL DE LA MISMA, IDENTIDAD OMITIDA por haberse cumplido su objetivo en el tiempo fijado para la misma, de conformidad con la función conferida en el artículo 647 literal "h" de la Ley Orgánica Para la protección del Niño y del Adolescente. En consecuencia comenzará a cumplir con la medida de LIBERTAD ASISTIDA, por el lapso de UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES. Notifíquese a las partes. Ofíciese y remítase copia de la presente decisión al Tribunal Primero de Ejecución Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, Sala 102, del Circuito Judicial Penal del área Metropolitana de Caracas, a los fines de la imposición.....