Mediante sentencia fundada dictada en esta misma fecha en presencia de las partes intervinientes al término de la audiencia preliminar, la cual se halla integrada al acta que precede, luego de admitirse la acusación incoada en contra el acusado: CESAR JAVIER FRANCO CORDERO, por la presunta comisión de le delito de TRAFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICA EN LA MODALIDAD DE DISTIBUCIÓN EN CANTIDADES MENORES, fue condenado a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS Y OCHO (8) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, en virtud de haberse acogido al PROCEDIMIENTO ESPECIAL POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, reglado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordenó lo conducente. Conste.