DECISIÓN
Por las razones aquí expuestas este JUZGADO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoada por el ciudadano LUIS ROJAS, suficientemente identificado en autos, en contra de la empresa MULTISERVICIOS RYCAR´S C.A., también plenamente identificada en autos. Así se Decide.- SEGUNDO: Se ordena a la demandada pagarle al trabajador actor la cantidad que resulte de la experticia complementaria del presente fallo, realizada por un solo perito y por cuenta de la demandada sobre la base del sueldo mensual de 2.000.000,00Bs. En tal sentido, el experto deberá calcular la Prestación de Antigüedad, las vacaciones no disfrutadas y las utilidades del período laborado. Asimismo, deberá calcular los intereses sobre Prestación de Antigüedad c.....