Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero Superior Sexto del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición planteada por el Juez Juan Carlos Celi, en su carácter de Juez Superior Noveno del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en el recurso de apelación interpuesto por el abogado Ángel Rincón en su carácter de apoderado judicial de la parte actora contra de la sentencia de fecha 04 de junio de 2009 dictado por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con fundamento en el artículo 31, numeral 4° de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.