Se dictó y publicó Sentencia Definitiva mediante la cual se declaró Sin Lugar la demanda.- De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil se condenó en costas a la parte demandante perdidosa por haber resultado vencida en el proceso.- Asimismo, conforme a lo establecido en el artículo 251 ejusdem, se ordenó la notificación de las partes de la presente decisión, sin lo cual no comenzarán a transcurrir los lapsos procesales a los fines de su impugnación.-