Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto (tempestivamente) por la representación judicial de la Sociedad Mercantil Panadería, Pastelería y Charcutería Alicantina, C.A., contra la decisión de fecha 04 de febrero 2013, dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la precitada Sociedad Mercantil, contra la Providencia Administrativa Nº 764-11, de fecha 05 de octubre de 2011, contenida en el expediente Nº 027-2010-01-03678, dictada por la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia se confirma la d.....