Por todo cuanto se expresó ut supra, se hace forzoso para este sentenciador declarar sin lugar la apelación ejercida por la representante judicial de la parte accionante, y, en consecuencia, se confirma el fallo recurrido que declaró sin lugar la demanda de divorcio incoada por el ciudadano ÁNGEL DAVID MENDOZA TÍAPA en contra de la ciudadana NERY EMERITA SÁNCHEZ LÉAL lo cual se pasa a hacer en forma positiva y precisa en la parte in fine de este fallo. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
IV
DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente explanados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 4 de abril de 2015, por la abogada DAYSI GARCÍA RAMOS, en su carácter de ap.....