Recibido el 15-06-2017 y admitida en fecha 16-06-2017, bajo el Nº 239-17, el escrito de solicitud de Divorcio fundamentado en el articulo 185-A del Código Civil vigente, presentada por los ciudadanos JULIO CESAR LOPEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.287.513, domiciliado en el Sector Centro, calle Ayacucho, casa N° 180, de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Monagas y CAROLINA JOSEFINA BRITO BRITO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-14.424.180, en el Sector Centro, calle Ayacucho, casa N° 87, de Punta de Mata, Municipio Ezequiel Zamora, Estado Monagas, debidamente asistidos en este acto por el Abogado en ejercicio LUIS RAMON SANCHEZ, Cedula N° V-6.945.713, Inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado con Matrícula N° 87.991 y cumplidos todos los requisitos para la declaración del divorcio en cuestión, emitida la opinión favorable por parte de la Fiscalia respectiva. De conf.....