DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control Número Ocho, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide:
Primero: Se Niega, la solicitud de Sobreseimiento efectuada por la Defensora Pública Penal.
Segundo: Se Ordena, la remisión de la presente causa a la Fiscalía Primera del Ministerio Público a los fines legales consiguientes.
Notifíquese a las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en los artículos 179 y siguientes ejusdem, remítanse las actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, y déjese copia para el archivo del Tribunal debidamente certificada. En Maracay Estado Aragua, hoy dos (02) de octubre de 2007.
Abogado Nelson Alexis García Morales
Juez Octavo de Control
Abg. Enrique Leal
El Secretario
Causa N° 8C-8378-06.