DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, esta Sala Especial Única de la Corte de Apelaciones con Competencia en Casos Vinculados con Delitos Asociados al Terrorismo con Jurisdicción a Nivel Nacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara INADMISIBLE por inimpugnable el recurso de apelación interpuesto el 26 de mayo de 2015, por el profesional del derecho PEDRO STALIN CORDERO, Defensor Público Sexagésimo Primero (61º) Penal del Área Metropolitana de Caracas; actuando en su carácter de defensor del ciudadano JOSE ISRRAEL ECHAVEZ VILLAMIZAR, titular de la cédula de identidad número V-25.185.759, y con fundamento a lo establecido en el artículo 439 numeral 5 del Código Orgánico Procesal; en contra de la decisión dictada el 20 de mayo de 2014, durante el desarrollo de la audiencia preliminar celebrada ante el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia Especial en Función de Control con Co.....