Con fundamento de los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLARA: INADMISIBLE la medida de amparo cautelar incoada por los ciudadanos JUAN ELIEZER RUIZ BLANCO y MARIELY RUIZ NIEVES, procediendo en su carácter de apoderados judiciales de la contribuyente SUPERMERCADOS UNICASA, C.A.
Notifíquese esta decisión al Síndico Procurador del Estado Bolivariano de Miranda, en copia certificada, de conformidad con lo dispuesto, en el artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal y al Alcalde del Municipio Los Salias, según el artículo 305 del Código Orgánico Tributario.