Por las razones de hecho y de derecho explanadas, esta SALA ACCIDENTAL SEGUNDA DE REENVÍO PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado BENITO RAMÓN JIMÉNEZ PANIAGUA (plenamente identificado precedentemente en la parte motiva de este fallo), de los cargos que le formulara tanto el Representante del Ministerio Público, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, tipificado en el artículo 407 del Código Penal, como por la Parte Acusadora, como autor de delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408, ordinal 1º, eisdem, vigente para la fecha, por cuanto al disparar contra el ciudadano RAFAEL VICENTE CARRILLO OCHOA, lo hizo amparado bajo la eximente de responsabilidad penal, en concordancia con el ordinal 3º del artículo 65 del Có.....