"DECLARA" acreedora del Beneficio de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo, al Penado JOSE LUIS RIVERA MALAVE, plenamente identificado ut supra, según lo Establecido en el Artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el Estudio, a razón de un día de reclusión por dos de Trabajo, reduciéndose la pena ya redimida de QUINCE (15) AÑOS DE PRESIDIO a TRECE (13) AÑOS, TRES (03) MESES Y ONCE (11) DÍAS.-