este Juzgado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente Transacción señalado supra, quedando consumado el acto como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.- En consecuencia, se da por terminado el proceso ordenando el cierre informático y el archivo definitivo de la causa.- Asimismo se deja constancia a los fines estadísticos que el monto demandado fue por la cantidad de BS. SETENTA y DOS MIL DOSCIENTOS CINCO CON CATORCE CENTIMOS (BS. 72.205,14) y las partes llegaron a un acuerdo transaccional por la cantidad arriba mencionada, de igual manera se deja constancia que la presente transacción fue homologada en fase de Mediación. ASI SE ESTABLECE
El Juez
El Secretario
Abg. Felix Milano
Abg. Maria Veruska Davila