Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Luis Alfredo Sing Guerra, contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A., ambas partes anteriormente identificadas.
Segundo: Se condena en costas al demandante por haber resultado totalmente vencido.
Tercero: Se ordena la notificación de la Procuradora Genera de la República, y se deja constancia que el lapso para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que venza el lapso a que se refiere el art. 159 LOPTRA para la consignación de este fallo en forma escrita, se practique la notificación ordenada y transcurra el lapso de suspensión.