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Decisiones del dia 02/12/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP41-U-2009-000417 N° Sentencia : 94-2009 Fecha: 02/12/2009
Procedimiento:
Admision
Partes:
HOET PELAEZ CASTILLO & DUQUE, C.A & INCES
Resumen:
Tribunal ADMITE las pruebas promovidas por no ser en su contenido manifiestamente ilegales e impertinentes, en los siguientes términos: I DOCUMENTALES Se admiten las pruebas documentales debidamente identificadas en el escrito de promoción de pruebas. II EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS De conformidad con lo establecido en el artículo 436 del Código de Procedimiento Civil, se ordena oficiar al Instituto Nacional de Cooperación Educativa y Socialista (INCES), a los fines de la exhibición del expediente administrativo llevados por los miembros del Comité ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa y Socialista donde se tramitó la Resolución Culminatoria del Sumario Nº 283-2008-06-25 de fecha 05 de junio de 2008. Es de observar, que el referido expediente administrativo fue requerido por este tribunal mediante oficio Nº 377/2009 de fecha 22 de julio de 2009. Líbrese oficio y remítase copia del escrito de pruebas.
Juez/Ponente:
Lilia María Casado
Organo:
Juzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario
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N° Expediente : AP41-U-2009-000378 N° Sentencia : 93-2009 Fecha: 02/12/2009
Procedimiento:
Admision
Partes:
EXCELTEC, C.A., & INCES
Resumen:
se ADMITE, por no ser en su contenido manifiestamente ilegal ni impertinente, cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva: I INSPECCION JUDICIAL De conformidad con lo dispuesto en el artículo 472 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en los artículos 269 y 332 del Código Orgánico Tributario, se admite la prueba de inspección judicial la cual se practicará: i) sobre los convenios suscritos entre PDVSA y la contribuyente EXCELTEC, C.A., y ii) los contratos que por Honorarios profesionales suscribió con la empresa recurrente, con cada unos de los ingenieros, cuyos documentos fueron anexados al escrito de pruebas de los descargos realizados en el presente caso. A los fines de la evacuación de dicha prueba, este Tribunal con fundamento en el artículo 272 del Código Orgánico Tributario, acuerda comisionar a un Juzgado de Municipio. En virtud del criterio establecido por la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de.....
Juez/Ponente:
Lilia María Casado
Organo:
Juzgado Superior Septimo de lo Contencioso Tributario
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