DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes explanadas, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA EN REBELDIA Y ORDENA LA UBICACIÓN del ciudadano JEAN CARLOS MEJIAS GRANADO, venezolano, natural de Maracay estado Aragua, titular de la cedula de identidad Nº V- 30.380.964, nacido en fecha 09/08/2001, hoy con 21 años, residenciado URBANIZACION LA PUNTA, QUINTA TRASVERSAL MANZANA 9 CASA N° 106-B MARACAY ESTADO ARAGUA, por la comisión del delito ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON, previsto en los artículos 456 del Código Penal imponiendo en su contra las medidas socioeducativas de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de UN (01) AÑO, y SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de SEIS (06) MESES, todas de manera simultanea, y a tales efectos, a.....