Por todos los razonamientos antes señalados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decreta: Primero: Se declara de oficio ABANDONADA la acusación privada presentada por la ciudadana ANABEL JOSE MARCANO MARCANO, debidamente asistido por la abogada ROSA NATERA, contra los ciudadanos INGRI BENDAÑA, YURI ARAYA, MARIELA MARQUEZ NORBELYS MIJARES, MARISOL CHAGUAN, OMAR PRINCIPE, KARLA MATA, JOSE TENORIO Y GLADYS LOPEZ, por el delito de DIFAMACION E INJURIA ALEVOSA, PREMEDITADA Y CONTINUADA, previsto y sancionado en los artículos 442 y 444 del Código Penal Venezolano, todo de conformidad con lo establecido en el Tercer aparte de artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: No se determinó para este momento procesal la falsedad de los hechos acusados, ni que el acusador privado haya prese.....