Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. DECLARA:
PRIMERO: FALTA DE CUALIDAD ACTIVA de las ciudadanas EUGENIA CIRKOVIC VON HUBBENET y TATIANA CIRKOVIC VON HUBBENET, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-7.221.125 y V-5.277.811, respectivamente, para incoar demanda por Desalojo (local) contra la SOCIEDAD MERCANTIL COMERCIAL LILI, C.A., debidamente inscrita por ante el REGISTRO MERCANTIL PRIMERO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en fecha 09 de Febrero de 2007, bajo el N° 41, tomo 8-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal RIF con el Serial J-293771692, en la persona de sus Directores Generales ciudadanos LILIANA IVONNE CHADEH KAOIN Y ELIAS JAMIL CHADEH, identificados con la cédula de identidad N° V-15.473.821 y N°7.215.165 respectivamente. Así.....