DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se homologa el desistimiento del procedimiento, hecho por la abogada DAICY DUARTE, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.78.468, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano JOSE ALEXANDER RODRIGUEZ INFANTE, titular de la cédula de la identidad No.14.104.576, facultad esta indicada en el poder notariado por ante la Notaria Pública Cuarta de Maracay, acreditada así desiste de la presente demanda.
SEGUNDO: Se le otorga el carácter de cosa juzgada de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo aquí decidido y se ordena el cierre y archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala.....