Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Divorcio Por Desafecto Marital, formulada por la ciudadana YVANIA YNMACULADA MEZA MUZALY, identificada con la cedula de identidad nro. V-13.502.332, contra el ciudadano JUAN JOSE LINARES GARCIA, identificado con la cedula de identidad nro. V-12.171.882, y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO matrimonial que los unió, desde el día dos (02) de junio del año 1995, por ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas del Estado Aragua, según evidencia del acta de Matrimonio N° 33, tomo I, folio 70 y 71 Año: 1995, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, concatenado con la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, dictad.....