ÚNICO: SE DECLARA INADMISIBLE la recusación interpuesta por los abogados José Luís Tamayo Rodríguez, Theresly Malave Wadskier, Igor Hernández Bracho, Yhajaira Castro de Forero y Maria Del Pilar Pertiñez de Simonovis, en su carácter de defensores de los condenados Iván Antonio Simonovis Aranguren, Henry Vivas Hernández, Lazaro Forero López, Pérez Salazar Arube, Rodríguez Salazar Julio, Bolívar Erasmo José, Zapata Alfonso Ramón Humberto, Rovain Héctor José, Marcos Javier Hurtado y Molina Cerrada Luís Enrique, en contra de los jueces Superiores, abogados: FABIOLA COLMENAREZ y ALEJANDRO JOSÉ PERILLO SILVA, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicia