Por los razonamientos aquí expuestos, es por lo que este JUZGADO DECIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, interpuesta por el ciudadano LEONARDO JESUS MENDEZ BENITEZ, titular de la cédula de identidad No. V-15.739.000, contra la empresa PANADERIA, PASTELERIA, Y CHARCUTERIA PAN DIVINO C.A.
SEGUNDO: Se ordena el reenganche del Trabajador a su puesto habitual de Trabajo y el consecuente pago de los Salarios Caídos cuantificados desde el momento de la Notificación (19/01/2010) hasta la reincorporación definitiva del trabajador a su puesto de trabajo, en base a un salario de Bs. 105,60, diarios.
TERCERO: Se excluye del cómputo de los salarios caídos los lapsos comprendidos de vacaciones judiciales, paro tribunalicios y falt.....