Se NIEGA la Medida Cautelar Sustitutiva de la Privativa de Libertad, solicitada por el ABG. JOSE PEÑA SAA Defensor Privado a favor del imputado de autos: EDSON EXGARDO ZAMBRANO SANTANA, natural de LA VICTORIA, nacido el día 13.07.1979 , de 36 años de edad, Estado civil: SOLTERO, profesión u oficio: OFICIAL POLICIAL, residenciado en: CARTERA PANAMERICANA SECTOR TIQUIREFLORES EDIFICIO EL SAMAN APARTAMENTO 0006, EL CONSEJO, teléfono: 0412.036.91.73, titular de la cédula de identidad Nº 14.684.135; de conformidad con el artículo 250 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal, por no haber cambiado las circunstancias que motivaron el decreto de Privación Judicial de Libertad, hasta este momento procesal.