DISPOSITIVA
Por estas consideraciones, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ACUERDA: PRIMERO: LA CONTINUACIÓN de la medida de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de tiempo restante de UN (1) AÑO, TRES (3) MESES Y CINCO (5) DIAS, culminando la misma en fecha 08-07-2009. SEGUNDO: Se CESA la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, al considerar que la misma ya fue cumplida por el sancionado en los trabajos comunitarios realizados a través de las Juntas Comunales. TERCERO: Se acuerda la LIBERTAD del ciudadano JESUS XXXX, desde la sede de este Tribunal. CUARTO: Se deja sin efecto la Orden de captura. QUINTO: Impóngase al sancionado. Ofíciese lo pertinente.
LA JUEZ