´Que la presente acción se inició con libelo de demanda de Divorcio por Desafecto presentado por distribución en fecha 09 de Febrero del 2024, por la ciudadana: MARIBEL DE ASIS QUINTERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.646.903, debidamente asistido por la Abogada EDITH JAQUELINE LIENDO RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.429.198 e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 79.022, contra el ciudadano JOSÉ MANUEL PADRINO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-5.541.912; se instó a la misma a consignar documentos faltantes a fines de proveer su admisión, siendo que en fecha 01 de Abril del 2.024, la solicitante antes identificada Desiste del presente procedimiento, mas no de la acción; y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 263 y 266 del Código de Procedimiento .....