Se revoca la decisión proferida por el Juzgado Cuarto de Control Circunscripcional, dictada en la audiencia especial de constatación de flagrancia, celebrada en fecha 13 de abril de 2007, causa 4C/11.873-07, mediante la cual acordó medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano ASDRÚBAL NHAYELL PANFIL RODRÍGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 256, numerales 3 y 8, del Código Orgánico Procesal Penal. Se declara con lugar el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal Noveno (9º) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, abogado ROBERTO ACOSTA GARRIDO, en contra de la aludida decisión dictada en la celebración de la audiencia especial de presentación de detenido. Se decreta medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano ASDRÚBAL NHAYELL PANFIL RODRÍGUEZ, quien dijo ser venezolano, de mayor edad, nacido en la ciudad de Maracay,.....