Por todos los razonamientos expuestos este JUZGADO VIGÉSIMO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, actuando en sede Familia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de la Partida de Nacimiento Nº 3390, del Libro de Registro Civil de Nacimiento del año 1.973 de la Primer Autoridad Civil de la Parroquia San José del Municipio Libertador del Distrito Capital; presentada por el ciudadano GONZALO ULISES MENESES WEFFER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.070.703, asistido por el ciudadano GONZALO MENESES SANABRIA, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 20.764. En consecuencia, se ordena la rectificación de dicha partida donde dice: GONZALO MENECES SANABRIA, debe decir "GONZALO MENESES SANABRIA"; y donde dice MARGOT WEFFER DE MENECES debe decir "MARGOT WEFFER DE MENESES".