Este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: IMPROCEDENTE la petición de la Medida Cautelar de Suspensión de los efectos en contra del Acto Administrativo consistente en la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº PA-US-ARA-0007-2016, expediente N° US/ARA-000-2015 de fecha 27 de julio de 2016, dictada por la Gerencia Estadal de Seguridad y Salud de los Trabajadores del Estado Aragua (GERESAT-ARAGUA), en la cual declara Con Lugar la propuesta de sanción e impone una multa por ochocientos cincuenta y ocho mil noventa y seis con cero/100 (Bs. 898.096,00).