De todo lo anteriormente expuesto, siendo competente este Tribunal, analizada como ha sido la presente solicitud, la Justificación promovida y evacuada al efecto y por cuanto se evidencia en autos que no fue presentada oposición alguna, considera quien suscribe suficientes las precedentes diligencias para declarar TÍTULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanosJEAN CARLOS MARTINEZ LIMA y ROMAN RAFAEL MARTINEZ LIMA, venezolanos, mayores de edad, casado el primero y soltero el segundo de los nombrados, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-14.036.103 y V-11.561.542, respectivamente, y domiciliados en el Sector El Paraíso, Calle Guaicaipuro, Municipio San Sebastián de los Reyes, Estado Aragua,sobre unas bienhechurías construidas en una parcela de terreno propiedad Municipal, ubicada en el Sector Paraíso,Calle Guaicaipuro, San Sebastián de los Reyes Estado Aragua